Rangos de Velocidad permitidos en Ecuador

No ponga en riesgo su vida y la de sus seres queridos observe el rango moderado de velocidad de acuerdo a su entorno. 

los límites de velocidad están regulados en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y en la Ley de Tránsito. 

A continuación, te detallo los rangos según el Artículo 191 del COIP:

1. Límite de velocidad por tipo de vía

Zona urbana:

Máximo: 50 km/h

Perimetral (vías de tránsito rápido dentro de la ciudad):

Mínimo: 50 km/h

Moderado: 60 km/h

Máximo: 90 km/h

Carreteras rectas:

Mínimo: 60 km/h

Moderado: 90 km/h

Máximo: 100 km/h

Carreteras con curvas:

Máximo: 60 km/h

2. Excesos de velocidad y sanciones

El COIP clasifica el exceso de velocidad en tres niveles:

Límite moderado: Hasta 10 km/h sobre el máximo permitido.

Multa del 30% del salario básico unificado (SBU).

Menos 6 puntos en la licencia.

Exceso de velocidad: Entre 10 km/h y 20 km/h sobre el límite.

Multa del 50% del SBU.

Menos 6 puntos en la licencia.

Rango de velocidad reglamentado como delito:

Más de 20 km/h sobre el límite permitido.

Multa de 1 SBU, 10 puntos menos en la licencia y prisión de 3 días.

Recuerde que brindamos que brindamos asesoramiento Legal 

Abg.  Jorge David Gallardo Montalvo

0995470028. 

Catamayo - Ecuador 



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