Rangos de Velocidad permitidos en Ecuador
No ponga en riesgo su vida y la de sus seres queridos observe el rango moderado de velocidad de acuerdo a su entorno.
los límites de velocidad están regulados en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y en la Ley de Tránsito.
A continuación, te detallo los rangos según el Artículo 191 del COIP:
1. Límite de velocidad por tipo de vía
Zona urbana:
Máximo: 50 km/h
Perimetral (vías de tránsito rápido dentro de la ciudad):
Mínimo: 50 km/h
Moderado: 60 km/h
Máximo: 90 km/h
Carreteras rectas:
Mínimo: 60 km/h
Moderado: 90 km/h
Máximo: 100 km/h
Carreteras con curvas:
Máximo: 60 km/h
2. Excesos de velocidad y sanciones
El COIP clasifica el exceso de velocidad en tres niveles:
Límite moderado: Hasta 10 km/h sobre el máximo permitido.
Multa del 30% del salario básico unificado (SBU).
Menos 6 puntos en la licencia.
Exceso de velocidad: Entre 10 km/h y 20 km/h sobre el límite.
Multa del 50% del SBU.
Menos 6 puntos en la licencia.
Rango de velocidad reglamentado como delito:
Más de 20 km/h sobre el límite permitido.
Multa de 1 SBU, 10 puntos menos en la licencia y prisión de 3 días.
Recuerde que brindamos que brindamos asesoramiento Legal
Abg. Jorge David Gallardo Montalvo
0995470028.
Catamayo - Ecuador
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